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INE aprueba catálogo de infracciones para la elección judicial 2025

Los aspirantes registrados no podrán cometer desde ahora actos anticipados de campaña


Viernes 24 de enero de 2025



El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), aprobó el catálogo de infracciones para la elección judicial. Los aspirantes registrados, así como aquellos jueces, ministros y magistrados en funciones que aceptaron el pase automático, no podrán cometer desde ahora actos anticipados de campaña.


En el proyecto aprobado se estipuló que queda prohibida “la difusión de propaganda electoral que haga referencias inequívocas de identidad a un partido o fuerza política”.


El catálogo de infracciones aprobado por el Consejo General menciona que de las personas aspirantes, los juzgadores en funciones y las personas que sean elegidas en febrero como candidatas y candidatos a jueces, ministros y magistrados no podrán contratar espacios en radio y televisión, o cualquier medio para promocionar su candidatura.


Tampoco podrán cometer actos de campaña antes del periodo establecido por la ley, y su propaganda no contendrá calumnia o temática que vulnere el interés superior de la niñez.


Además, no podrán hacer entrega de cualquier tipo de material (enseres) en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato. Tampoco podrán difundir encuestas ni realizar actos de difusión de propaganda electoral tres días previos a la elección del 1 de junio, y hasta la hora de cierre de las casillas.


El catálogo también prohibió a los servidores públicos realizar actos de proselitismo o manifestarse públicamente a favor o en contra de candidatura alguna.

A su vez, los partidos tendrán prohibido realizar actos de proselitismo, o posicionarse públicamente a favor o en contra de candidatura alguna, además de contratar encuestas o sondeos de opinión.

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