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SCJN invalida restricciones estatales al transporte turístico federal en Baja California Sur

Jueves 25 de junio de 2026





Hace unas horas la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Transporte de Baja California Sur que condicionaban la operación del autotransporte federal de turismo a la obtención de autorizaciones emitidas por autoridades estatales.


En su resolución, sostuvo que las entidades federativas no pueden imponer requisitos adicionales a los permisionarios del autotransporte federal, ya que la regulación de este servicio corresponde exclusivamente a la Federación. 


La Corte precisó que el marco constitucional reserva al Congreso de la Unión la facultad de legislar sobre las vías generales de comunicación, ámbito en el que se inscribe el autotransporte federal. En consecuencia, la autorización, supervisión y regulación de estos servicios corresponde a las autoridades federales competentes.


Asimismo, destacó que los permisos federales para el autotransporte turístico permiten la prestación del servicio en todo el país, sin restricciones de rutas u horarios determinados, incluyendo recorridos que transiten por vías de competencia estatal o municipal.


La decisión también retoma lo dispuesto por la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, que prohíbe a los gobiernos locales establecer medidas que impliquen una sobrerregulación del autotransporte federal o que obstaculicen la movilidad y el tránsito interestatal de personas y bienes.


Esta disposición deberá contribuir a la distensión de la problemática en la que se han visto envueltos los servicios de transporte turístico de Los Cabos, y que afectan la imagen general de nuestro destino turístico.


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