¿En qué terminó la reforma al amparo? 3 puntos clave
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- 16 oct
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Columna de opinión escrita por Javier Martín Reyes para el diario El Universal
Jueves 16 de octubre de 2025
Javier Martín Reyes
La Cámara de Diputados y el Senado aprobaron la reforma Sheinbaum a la Ley de Amparo. La versión final suprimió algunos de los excesos más burdos de la iniciativa original, pero conservó su lógica autoritaria: limitar el alcance del amparo, dificultar el acceso a la justicia e incentivar el abuso del poder. En el discurso, el oficialismo intenta presentarla como una medida para volver “accesible y eficiente” al amparo; en la realidad, constituye una regresión en materia de derechos humanos. A continuación analizo cinco de sus aspectos más preocupantes.
La reforma endurece las condiciones para otorgar suspensiones (en general)
Sin suspensión, el amparo deja de ser un instrumento real de protección y se convierte en una burda simulación. Pensemos en una persona con cáncer a la que un hospital público niega el acceso a quimioterapia o radiación. De poco sirve acudir a un juez de amparo si el proceso tardará meses o años en resolverse. Mientras se analiza el fondo del asunto, esa persona necesita una medida cautelar que le permita recibir el tratamiento y, literalmente, mantenerse con vida. Sin suspensión, el amparo muchas veces no ampara.
La Constitución establece que, para otorgar una suspensión en el juicio de amparo, el juez debe realizar “un análisis ponderado de la apariencia del buen derecho y del interés social” (artículo 107). En términos sencillos —como he explicado en estas mismas páginas—, eso implica una evaluación de costos y beneficios. Por un lado, el juez debe valorar si existe una posible violación a derechos y, por tanto, lo que se ganaría al conceder la medida cautelar. Por el otro, debe estimar los eventuales efectos negativos que su otorgamiento podría tener sobre bienes o intereses colectivos. Guste o no, esa es la fórmula constitucional: un equilibrio razonado entre derechos e intereses.
La reforma Sheinbaum altera ese equilibrio e impone nuevos requisitos que distorsionan la ponderación constitucional. En particular: i) amplía indebidamente los elementos que deben considerarse en contra de la suspensión, al incorporar las llamadas “disposiciones de orden público”, y ii) obliga a los jueces a verificar que su otorgamiento “no cause un daño significativo a la colectividad ni prive a la sociedad de beneficios que ordinariamente le corresponden”. En otras palabras, estamos frente a una ley secundaria que contradice abiertamente la Constitución para inclinar la balanza a favor de las autoridades y dificultar, en los hechos, la concesión de suspensiones.
La reforma impone restricciones aún más severas en casos como el bloqueo de cuentas
Como si no bastara con endurecer las reglas generales, la reforma introduce limitaciones todavía más estrictas para ciertos tipos de suspensiones. El ejemplo más grave es el del bloqueo de cuentas bancarias. Como he explicado en estas mismas páginas, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) tiene la facultad de congelar unilateralmente cuentas bajo el argumento de que los recursos podrían tener un origen ilícito. La Suprema Corte ya lo ha dicho con claridad: salvo casos excepcionales, esa facultad es inconstitucional y, además, procede la suspensión.
Los criterios de la Suprema Corte son tan sensatos como evidentes. Imagine, lectora o lector, que un día amanece y descubre que no puede disponer de su dinero. No puede hacer transferencias, retirar efectivo, pagar su tarjeta de crédito. No puede pagar la renta, la colegiatura o una emergencia médica. Todo porque alguien en la IUF —por error, abuso o simple sospecha— lo incluyó en la lista de personas bloqueadas.
En una situación así, cualquier persona acudiría al amparo y solicitaría una suspensión para acceder a sus propios recursos mientras el juez resuelve el fondo del asunto. Y tendría razón: así lo ha reconocido la Corte, que ha confirmado la procedencia tanto de la suspensión provisional como de la definitiva.
La reforma Sheinbaum, sin embargo, revierte este criterio y coloca al ciudadano en desventaja frente al poder. De entrada, prohíbe expresamente la suspensión provisional. Y si alguien busca una suspensión definitiva, deberá superar dos obstáculos: i) el juez deberá considerar, de entrada, que su otorgamiento “afecta el interés social o contraviene disposiciones de orden público”, y ii) la persona afectada por el bloqueo tendrá que demostrar ante el juez que su cuenta o sus recursos son lícitos. En suma: la reforma invierte la carga de la prueba, inclina la balanza a favor del gobierno y nos deja en un mundo al revés, donde el ciudadano debe probar su inocencia y no la autoridad justificar el bloqueo.
La reforma mantiene la retroactividad (pero la disfraza)
La Constitución no deja lugar a dudas: “A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”. La iniciativa original de la presidenta Sheinbaum respetaba este principio, pues preveía que los cambios solo se aplicarían a los casos nuevos y no a los juicios en trámite. Pero después —como si los duendes legislativos hubieran tomado la pluma— apareció una versión absurda: la que ordenaba que los asuntos en trámite se resolvieran conforme a las nuevas disposiciones. Una violación frontal al artículo 14 constitucional.
La propia presidenta intentó corregir el despropósito y se pronunció públicamente contra la retroactividad. Sin embargo, al día siguiente, Arturo Zaldívar salió a promover una “fórmula intermedia”: mantener la retroactividad, pero disfrazarla. La maniobra fue burda: invocar precedentes de la Suprema Corte que permiten cierta flexibilidad en leyes procesales, afirmar que toda la reforma era “procesal” y, con base en ello, sostener que no habría violación constitucional si las nuevas reglas se aplicaban a las etapas posteriores de los juicios en curso. Una maroma jurídica digna de un impresentable como Zaldívar.
Aunque inicialmente parecía que las y los diputados rechazarían esa trampa, terminaron adoptando la fórmula Zaldívar casi al pie de la letra. El resultado fue un transitorio redactado en el más tosco abogañol:
“Al tratarse de una ley procesal, las etapas procesales concluidas que generen derechos adquiridos a las partes se regirán por las disposiciones legales vigentes al inicio de los procesos respectivos. Por lo que hace a las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, de conformidad con la doctrina y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se regirán por las disposiciones de este Decreto, sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos, pues se trata de actuaciones futuras”.
La trampa es evidente. Parte de una falsedad: que toda norma incluida en la Ley de Amparo, por el mero hecho de estar en la Ley de Amparo, es de carácter procesal. Eso es rotundamente falso. La Ley de Amparo contiene también disposiciones sustantivas —como la tipificación de delitos—, y la reforma Sheinbaum modifica e introduce varias más. Piénsese, por ejemplo, en la nueva fórmula para ponderar derechos e intereses al decidir sobre una suspensión: se trata de un ejercicio sustantivo, no procesal, porque involucra la valoración de los beneficios y afectaciones que podrían sufrir derechos humanos y principios constitucionales. Aplicar las nuevas fórmulas, aunque sea para las nuevas etapas, implica una flagrante violación a la Constitución.
El nuevo transitorio permite exactamente eso: aplicar retroactivamente normas sustantivas bajo el disfraz de que son procesales. Es una retroactividad camuflada y una trampa más de Zaldívar.
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La presidenta Sheinbaum y las y los legisladores oficialistas pueden sentirse satisfechos: han hecho su propia contribución al proyecto de regresión autoritaria. Si las reformas constitucionales de López Obrador ya habían dejado un poder judicial capturado y debilitado, ellos han decidido continuar la obra. Con la reforma a la Ley de Amparo, han insistido en el ataque al último resquicio judicial de defensa ciudadana frente al poder. Así, grano a grano, el oficialismo sigue extendiendo el desierto de la desmantelación institucional.
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Ruin, buscar culpables
Columna de opinión escrita por Leonardo Kourchenko para el diario El Financiero
Jueves 16 de octubre de 2025
Leonardo Kourchenko
La rendición de cuentas en este país es una de las áreas de la administración pública a todos los niveles más débil, frágil y pobremente desarrollada.
Cuando a un político o funcionario público se le cuestiona por cualquier asunto en el ámbito de su responsabilidad, somos generalmente los medios y las campañas de la oposición quienes quieren “lastimar” al buen gobierno.
¿Qué tal si en vez de “buscar culpables”, como dice la presidenta, hablamos de responsables?
¿Qué funcionario público da la cara y asume una responsabilidad cuando se ha actuado de manera incorrecta, en perjuicio de la ciudadanía, con el grave costo de vidas humanas?
¡Nunca! Ni los de antes, ni los de ahora, ni los de después.
Ser funcionario público en México implica un velo de impunidad que protege el trabajo, el desempeño, con frecuencia torpe, negligente, irresponsable y rebosante de omisiones.
El Servicio Meteorológico Nacional, que depende de la Comisión Nacional del Agua, informó con oportunidad y precisión días atrás el grave pronóstico de lluvias para varios estados del país. Lo vimos todos, lo escuchamos y lo difundimos en medios comunes.
La verdad es que los gobiernos estatales no cumplieron con su trabajo de forma responsable al no advertir, movilizar y evacuar a comunidades en zonas de riesgo.
Los desastres naturales y las tragedias humanas en México siempre son resultado del azar y de la casualidad, cuando en realidad son producto de la falta de previsión y del cálculo profesional y técnico de especialistas que comunican a los gobernantes acerca de los riesgos.
El huracán Otis en Acapulco demostró graves errores en el cálculo, los avisos a la población tardíos e ineficientes. Unas horas antes del impacto del meteoro en las costas del puerto de Acapulco, funcionarios del gobierno asistían a actos públicos y negaban la gravedad.
Luego vimos la dimensión de la tragedia, la pérdida de vidas, los multimillonarios daños materiales que azotaron al puerto hasta el grado de paralizar su economía.
Condición, por cierto, que el irresponsable gobierno federal abandonó a manos de los particulares en sus reparaciones y rehabilitación de espacios.
Hasta la fecha, a casi tres años de Otis, Acapulco no ha logrado recuperarse plenamente.
En este país nadie rinde cuentas porque es un sistema de tapadera política.
No vaya a ser que sacar a Adán Augusto del Senado para ser sometido a una investigación pueda provocar una ruptura al interior de Morena, que afecte su preferencia electoral. Mejor se opta por el encubrimiento.
La presidenta califica como “ruindad” buscar culpables de las tragedias, cuando, si este país fuera serio, ella sería la primera en pedir una investigación para saber por qué no se actuó con previsión y oportunidad para proteger a los ciudadanos en Veracruz, Puebla, Hidalgo, Querétaro y San Luis Potosí.
¿Qué pasa cuando los gobernadores y presidentes municipales no hacen caso al Servicio Meteorológico Nacional, a la Marina o a la Comisión Nacional de Agua?
Su torpeza e indecisión provocaron cientos de muertes porque las autoridades, los gobiernos, no hicieron su trabajo: proteger a la ciudadanía.
Entonces no se trata de buscar culpables, sino de llamar a cuentas a los responsables.
Nadie rinde cuentas, nadie explica qué y por qué actuaron de manera negligente, solo emiten informes de relumbrón para los simpatizantes políticos.
¿Dónde está el responsable de Segalmex después del fraude multimillonario más grande en la historia del país en tiempos de Andrés Manuel? Protegido y cobijado con otro cargo en otro sitio.
¿Dónde está la responsable de Energía que construyó una refinería que no funciona y que ha representado al erario tres veces su presupuesto original?
Le dieron otro cargo, ni más ni menos, como gobernadora de Veracruz, donde su torpeza ahora con las lluvias costó la vida a docenas de personas.
¿Dónde está el o los responsables del derrumbe de la Línea 12 del metro? ¿Se acuerda? Claudia Sheinbaum era jefa de Gobierno. Nunca supimos nada de ingenieros, ni constructores, ni responsables de obra. Nada.
Y así. El sistema político mexicano, aunque los morenistas pregonen ser diferentes, se sustenta en la misma premisa: el encubrimiento generalizado. “Hoy por mí, mañana por ti, hermanito”.
Con el agravante de que la justicia es un instrumento de persecución política contra los adversarios de los poderosos.






















