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Libertad para informar, libertad para debatir


Columna de opinión escrita por ​Kenia López Rabadán para El Universal


Viernes 31 de julio de 2026


Kenia López Rabadán

La libertad de expresión es un pilar fundamental de toda democracia. Apenas hace una semana escribí en este mismo espacio sobre la necesidad de erradicar las agresiones contra periodistas. En lo que va del año, siete personas han sido asesinadas por ejercer la labor de informar, una realidad que exige que las instituciones del Estado actúen de forma urgente en defensa de las libertades.


Garantizar la libertad de expresión implica asegurar que las ideas circulen sin miedo, que el poder pueda ser cuestionado y que la sociedad debata libremente los asuntos públicos. Por ello, cuando las instituciones encargadas de proteger los derechos terminan restringiéndolos, es indispensable reflexionar sobre los límites de su actuación.


En días recientes, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó el retiro de diversas publicaciones al considerar, de manera preliminar, que podrían constituir calumnia por hacer señalamientos sobre organizaciones políticas. Más allá del caso concreto, la decisión abre una discusión de fondo: ¿hasta dónde puede llegar la autoridad electoral cuando está en juego la libertad de expresión y el debate democrático?


La Constitución establece límites a la libertad de expresión, pero toda restricción debe ser excepcional, estar plenamente justificada y responder a criterios estrictos de legalidad, necesidad y proporcionalidad. En una democracia, la crítica política puede ser dura, incómoda e incluso perturbadora. Esa incomodidad, por sí sola, no puede justificar el silenciamiento de voces.


La preocupación adquiere una dimensión mayor en un país donde la violencia contra periodistas persiste y donde existe una legítima inquietud por la posible intervención del crimen organizado en la vida pública. Estos asuntos deben poder investigarse, discutirse y cuestionarse con plena libertad. La respuesta frente a una acusación debe ser la evidencia, la transparencia y la rendición de cuentas, no la eliminación de contenidos ni la inhibición del debate público.


Una preocupación similar surge con la discusión de los nuevos lineamientos sobre los derechos de las audiencias. La protección de estos derechos es indispensable, pero algunas de las disposiciones propuestas contienen ambigüedades que deben revisarse con cuidado. Resulta especialmente delicado abrir la puerta para que una autoridad determine qué información es falsa o descontextualizada, supervise las decisiones de las defensorías de las audiencias o imponga sanciones que puedan influir en los criterios editoriales de los medios de comunicación.


Los derechos de las audiencias y la libertad de expresión no son principios contrapuestos. Por el contrario, se fortalecen mutuamente cuando existen reglas claras, objetivas y respetuosas de la independencia periodística. La consulta pública sobre esos lineamientos representa una oportunidad para corregir cualquier disposición que permita interpretaciones discrecionales o genere mecanismos de presión sobre quienes informan.


Una democracia no teme a la crítica ni al escrutinio. México necesita instituciones fuertes, imparciales y comprometidas con la protección de las libertades. Porque cuando el Estado comienza a decidir qué puede decirse y qué puede publicarse, el riesgo deja de ser únicamente para periodistas y medios de comunicación y se convierte en una amenaza para el derecho de toda la sociedad a informarse, deliberar y participar libremente en la vida pública del país.Presidenta de la Cámara de Diputados




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Tres señales ominosas


Columna de opinión escrita por Alejandra Latapí para La Aurora de México


Viernes 31 de julio de 2026

Alejandra Latapí

El deterioro del Estado de derecho(s) en México no es un fenómeno reciente. En los últimos ocho años hemos atestiguado el debilitamiento del equilibrio de poderes, la desaparición o captura de instituciones autónomas y la mentira como sustento del discurso oficial. En estas semanas se aprecia que desde Palacio Nacional se está dejando de concebir la ley como límite de la actuación gubernamental y la intención de convertirla en un instrumento más para su permanencia en el poder.


El sentido común es una virtud personal; el Estado de derecho(s) significa una garantía colectiva. En un Estado constitucional de derecho(s) gobierna la ley, no el sentido común. Porque si bien este sentido es útil para inspirar la redacción o reformas al marco legal, para orientar la interpretación y aplicación de las normas de personas juzgadoras o apoyar las decisiones de funcionarios según sus propias atribuciones legales, nunca puede, ni debe, sustituir obligaciones jurídicas expresas. Instruir a un funcionario para ignorar la norma no muestra compromiso con el Estado de derecho(s).


La admisión de la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República de que la reforma constitucional para limitar las “pensiones doradas” contiene fallas y su decisión de “desaplicar” mediante oficio administrativo una de sus aplicaciones, sienta un precedente peligroso porque el Ejecutivo carece de facultad legal para “desaplicar” la Constitución. Los mecanismos constitucionales para reparar errores legislativos se limitan a la promoción de una nueva reforma, a esperar por sentencias judiciales o modificaciones del propio Constituyente Permanente. Un simple oficio administrativo no puede ser el instrumento para dejar sin aplicación una disposición constitucional aprobada por el Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas estatales. Esta decisión altera, si no es que destruye, el principio de la supremacía constitucional.


El tercer ejemplo confirma el mismo fenómeno: la relación que quieren establecer quienes hoy concentran el poder con el derecho y su afán por definir cuándo la ley deba cumplirse y cuándo deba ignorarse. La propuesta para los lineamientos de “protección de audiencias” pretende ampliar el margen de regulación sobre la información que recibimos como ciudadanía. Con ello, la concentración del poder bajo el Ejecutivo pasa de ser solo jurídica y trasciende a la narrativa: se apropia de las definiciones de criterios informativos y de la calificación única de lo verdadero y lo falso. Así se va destruyendo la convivencia de la pluralidad y diversidad que todavía somos.


Estas tres señales no son episodios inconexos. Los tres afectan pilares del diseño legal de la nación: la supremacía constitucional, el principio de legalidad y la libertad de expresión y derecho a la información. Revelan, finalmente, que estamos transitando hacia una nueva cultura del poder en la que la ley ya no disciplina a quienes gobiernan, sino que convierte a los gobernantes en quienes disciplinan a la ley.






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