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(In)equidad en la contienda

Columna de opinión escrita por Lorenzo Córdova Vianello para ​El Universal


Jueves 27 de agosto de 2026​


Lorenzo Córdova Vianello

El crear condiciones de equidad en la contienda que le permitieran a todos los contendientes contar con elementos mínimos para competir electoralmente con posibilidades reales de triunfo, fue uno de los ejes sobre los cuales evolucionó en clave democrática nuestro sistema electoral.


Desde mediados de los años 90, inyectar equidad en las elecciones se convirtió en una de las preocupaciones prioritarias que conllevaron profundos cambios a las normas electorales.


Esas condiciones de equidad se consiguieron a través de cuatro grandes mecanismos:


Garantizar, mediante un financiamiento público generoso, que todos los partidos contaran con recursos para mantener una estructura permanente, así como para sufragar sus gastos de propaganda durante las contiendas electorales.


Permitir, mediante una profunda reforma al modelo de comunicación política, que los partidos políticos tuvieran acceso a los medios masivos de comunicación sin tener que depender de la compra de esos espacios. Ello se logró mediante un esquema en el que los partidos tuvieron acceso permanente y gratuito a la radio y la televisión a través del uso de los tiempos del Estado puesto a su disposición de manera gratuita, que sería administrado y garantizado por el INE.


Prohibir expresamente en la Constitución la indebida injerencia de los servidores públicos y el uso de los recursos del Estado para beneficiar alguna fuerza política, estableciendo en consecuencia que ningún funcionario pudiera pronunciarse en favor o en contra de cualquier partido político o candidatura, debiendo asumir un respeto al principio de neutralidad.


Finalmente se estableció que las actividades de proselitismo, tanto al interior de los partidos para alcanzar una candidatura, como en la contienda electoral entre candidaturas, debían respetar los plazos y tiempos establecidos en los periodos de precampañas, en el primer caso, y de campañas, en el segundo, evitando anticiparse a los plazos legalmente fijados.


Para mediados de la década pasada, no sin dificultades, el conjunto de reglas para propiciar una “cancha pareja” en la contienda electoral permitieron que ocurrieran niveles inéditos de competitividad y que la alternancia en el poder por la vía de las urnas se multiplicara, convirtiéndose auténticamente en parte de la normalidad de la vida política del país.


Sin embargo, la irresponsabilidad de Andrés Manuel López Obrador como gobernante (quien como opositor exigió enérgicamente muchas de esas reglas de equidad y también fue el principal beneficiario de las mismas) y la condescendencia y permisividad con la que actuaron las autoridades electorales, implicaron que se transgredieran sistemáticamente las normas en esta materia en la elección 2024 a través de una intervención reiterada y sistemática en favor de las candidaturas de la coalición gobernante y en contra de la oposición.


También las decisiones del INE y del TEPJF permitieron y legitimaron que Morena, primero, y la oposición, después, violaran flagrantemente las reglas temporales de promoción electoral, anticipando las actividades de proselitismo más de medio año antes del inicio formal de las precampañas.


El daño provocado por la condescendencia de las autoridades que debían garantizar el cumplimiento de las reglas de equidad, aunado al relajamiento de la fiscalización de los recursos y el ablandamiento de las sanciones a las infracciones cometidas en esta materia, dieron al traste en las condiciones de equidad en la pasada elección federal. Nunca, en la historia reciente del país, habíamos tenido elecciones tan inequitativas producto de la impunidad que propiciaron tanto el INE como el TEPJF.


Ese es el contexto que aún prevalece de cara a las elecciones de 2027, como lo evidencia el hecho de que ya hay candidaturas designadas (aunque con otras denominaciones) por Morena (y pronto por el resto de los partidos) frente a la indolencia de los órganos electorales para hacer cumplir la ley.




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Crimen de pensamiento


Columna de opinión escrita por Sergio Sarmiento para Reforma


Jueves 27 de agosto de 2026​


Sergio Sarmiento

"Al final haremos el crimen de pensamiento literalmente imposible porque no habrá palabras para expresarlo".


George Orwell, 1984

 

 

De último momento el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación echó para atrás ayer la controvertida variable 14 para el monitoreo y valoración de las informaciones de precampañas y campañas. El nuevo criterio pretendía registrar los "mecanismos discursivos indirectos de descalificación". Sin embargo, el simple hecho de que el Instituto Nacional Electoral haya creado esta variable, que ordenaba entre otras cosas el registro de la ironía y el sarcasmo en la cobertura informativa de los procesos electorales, nos demuestra lo mucho que ha caído esta institución en el barranco de la censura.


Cuando el INE empezó los ejercicios de monitoreo y valoración de las coberturas informativas en 2011-2012, registraba solo seis variables. Para 2023-2024 ya eran 13. Para 2026-2027 quería sumar esta 14ª.


Es bastante cuestionable que un árbitro electoral dedique tiempo y recursos a monitorear y valorar los contenidos de los medios en un país en el que, pese a los parches, la Constitución todavía establece que "la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa". Pero registrar y exhibir la ironía o el sarcasmo era llegar a un absurdo.


Mucha gente no lo sabe, pero el INE mide ya los tiempos de transmisión y el género de cada nota, y valora la información; registra su importancia y si se divulgan encuestas o sondeos; revisa el uso de "un lenguaje incluyente y no sexista" (emplear las reglas de la Real Academia es sexista para el INE); determina si hay violencia política "en razón de género"; toma nota del enfoque informativo y la cobertura de candidaturas generadas por acciones afirmativas; determina si se emplean "estereotipos" relacionados con "grupos en situación de discriminación"; registra si hay vínculos de temas de interés público con actores políticos y si hay actos de violencia política contra candidatos.


Para el proceso electoral de 2026-2027 el INE decidió medir también la descalificación indirecta. Estableció la obligación de contabilizar "el número de piezas de monitoreo en las que se identifique al menos una expresión de descalificación, menosprecio o cuestionamiento indirecto hacia una persona precandidata o candidata, mencionada por personas conductoras, locutoras, reporteras, analistas o cualquier voz en off". Pidió que se registraran las expresiones de ironía o sarcasmo, la "minimización" (que reduce la experiencia, capacidad o logros de un candidato), la "infantilización" (que trata a los candidatos como inexpertos, ingenuos o incapaces), el "cuestionamiento implícito de legitimidad" (expresiones que sugieren que un candidato no merece o no está en condiciones de ocupar el cargo que disputa) y la "asociación negativa por identidad" ("expresiones que hacen referencia implícita a la pertenencia de la persona a un grupo -por género, origen étnico, edad, orientación sexual u otra característica- de manera que implique una limitación o descalificación sin enunciarlo explícitamente").


Sí, increíblemente el INE quería registrar y exhibir las expresiones de ironía o sarcasmo. Decía que no tenía el propósito de censurar, pero entonces ¿para qué registrarlo? ¿Para qué gastar millones y millones de pesos en saber si un conductor, entre miles, se refirió con sarcasmo a un candidato?


Esta vez el Tribunal Electoral decidió que la variable 14 viola el artículo sexto constitucional, pero todo el ejercicio quebranta la libertad de expresión. No es función de un árbitro electoral registrar y valorar lo que digan los medios, ni exhibir el "crimen de pensamiento".







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